Resolución n.º 207, de 14 de febrero de 2024, del Rector de la Universidad de La Rioja, por la que se regula la concesión directa de subvención y su abono anticipado a favor de Xi´an International University (China), con el fin de incentivar las estancias de graduados de dicha Universidad, para la realización del título propio de posgrado de la Universidad de La Rioja: Máster de formación permanente en Enoturismo, dentro del área 1.4 - Implantación Master Enoturismo- del proyecto Enorregión Campus Internacional del Vino del Plan de Transformación de La Rioja en el periodo 2022-2025.
La presente resolución tiene por objeto regular la concesión directa, con carácter excepcional y por razones de interés público y social - en aplicación de lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en relación con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 28 de dicha ley-, de una ayuda económica a Xi´an International University (China) , con el fin de:
a. Potenciar la internacionalización del Título Propio de Posgrado: Máster de formación permanente en Enoturismo de la Universidad de La Rioja.
b. Fomentar y facilitar las relaciones de cooperación de la Universidad de La Rioja con Xi´an International University , facilitando el acceso de sus graduados al citado Máster.
c. Contribuir al desarrollo de la calidad de los estudios del Título Propio de Posgrado: Máster de formación permanente en Enoturismo, fomentando la movilidad de estudiantes.
La cuantía total máxima de la subvención a otorgar, al amparo de la presente Resolución, asciende a CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA EUROS (4.450,00 €), que comprende el importe de matriculación 3.450,00 euros para la realización del Máster y una cuantía fija asociada al alojamiento durante la estancia con motivo de las clases presenciales del 16 al 28 de abril de 2024, que asciende a un máximo de 1.000,00 €
La presente resolución se notificará a la entidad beneficiaria, que deberá aceptarla en el plazo máximo de 5 días desde su notificación. Transcurrido dicho plazo sin que la Universidad se haya pronunciado expresamente se entenderá aceptada en todos sus términos.